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Comisión de diputados no tiene tuición para indagar

11 de Octubre de 2008 a las 12:33 por Zoe 

FALLO • El Tribunal Constitucional sentó jurisprudencia al respecto en un caso del 2006.

La comisión especial de la Cámara de Diputados que investiga los hechos en Pando no tiene competencia para cumplir con esta tarea, según el fiscal general de la República, Mario Uribe.

Uribe recordó a esta comisión, mediante un memorial, que la sentencia del Tribunal Constitucional 007/2006 establece que la labor del Fiscal General “no se reduce a la presentación del requerimiento acusatorio, sino que, desde esa inicial intervención hasta la conclusión del juicio, el órgano acusador es y debe ser el Ministerio Público”.

La sentencia declaró nula la Resolución Camaral 080/2006-2007 que resuelve encomendar a la Comisión de Defensa y Fuerzas Armadas investigar la denuncia pública efectuada por el general Freddy Bersatti sobre la intención del ex presidente Carlos Mesa, de entregar el mando presidencial a las Fuerzas Armadas o el cierre del Congreso.

Entonces, Mesa presentó un recurso contra el presidente de la Cámara de Diputados, Edmundo Novillo, por presunta vulneración de su derecho a la defensa y a ser juzgado por autoridades competentes, independientes e imparciales.

El ex mandatario argumentó que se trataba de supuestos delitos en el ejercicio de sus funciones, por lo que la única autoridad competente para intervenir era el Fiscal General de la Nación, según la Ley 2445.

Con relación a la referencia hecha por el fiscal Uribe en su memorial, el presidente de la comisión especial de Diputados, René Martínez, afirmó que la conformación de esta instancia está amparada en la actual Constitución Política del Estado.

Explicó que el informe de la investigación que desarrolla la comisión será remitido a la Cámara Baja, que será la que defina las conclusiones y alcances de la misma. “Ahí se verá si la Constitución o una sentencia es la que prevalece, agregó el parlamentario. La Razón. Redacción Sucre


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